¿QUÉ ES UNA CADENA DE SUMINISTRO INTERNACIONAL?

La cadena de suministro comprende varias etapas que van, desde la compra de los materiales para la fabricación, la producción, el almacenaje, el transporte y distribución hasta la entrega del producto al cliente final. Cada actor de la cadena de suministro, juega un papel importante para obtener calidad en los procesos y ventajas competitivas, es por esta razón que los riesgos que se pueden presentar a lo largo de la cadena, deben tener una gestión que permita mitigarlos y generar oportunidades de mejora.

¿QUÉ ES LA SEGURIDAD EN LA CADENA DE SUMINISTRO? La seguridad aplicada a través de un referente normativo, permite generar buenas prácticas que llevan a que una compañía tenga una cadena de suministro confiable, sostenible y a su vez, de cumplimiento a referentes internacionales que le permite no solo mitigar los riesgos, tales como contrabando, narcotráfico y lavado de activos, entre otros, sino además tener una posición en el mercado como una compañía segura.

“INICIATIVA MUNDIAL PARA UN COMERCIO CONFABLE Y SEGURO” La Organización Mundial de Aduanas (OMA), quien se encarga de los procedimientos aduaneros que rigen el comercio entre países, busca asegurar y facilitar el comercio internacional legítimo.

MARCO SAFE
En búsqueda del fortalecimiento y preparación de las Administraciones Aduaneras para enfrentar los desafíos del siglo XXI, los Miembros de la OMA han desarrollado un sistema que mejorará la seguridad y la facilitación del comercio internacional, se trata del Marco Normativo SAFE que establece principios, análisis de riesgo y normas para asegurar y facilitar la cadena logística; Esto  garantizará la seguridad contra el terrorismo e incrementará el aporte de las Aduanas y de los socios comerciales para lograr el bienestar económico y social de las naciones.

El Marco Normativo SAFE, comprende tres pilares que tienen un conjunto de normas, y se combinan para facilitar la comprensión y la rápida aplicación a nivel internacional.

Los tres pilares son:

  1. Aduanas – Aduanas:  Acuerdos entre las aduanas de los países para promover  el movimiento de las mercaderías a través de las cadenas logísticas internacionales.
  2. Aduanas – Empresas: Creación de un sistema internacional como lo es el Operador Económico Autorizado (OEA) para identificar a las empresas privadas que ofrecen un alto grado de garantías de seguridad para su papel en la cadena logística.
  3. Aduanas – Organismos gubernamentales e intergubernamentales:  Iniciativas para que los gobiernos actúen de manera eficaz agilizando los procedimientos para facilitar el comercio.

“DE DONDE VIENE EL PROGRAMA OEA” La Organización Mundial de Aduanas (OMA) quien se encarga de los procedimientos aduaneros que rigen el comercio entre países, busca asegurar y facilitar el comercio internacional legitimo, creo el MARCO NORMATIVO SAFE que establece principios, análisis de riesgo y normas para asegurar y facilitar la cadena logística.

ESTE MARCO COMPRENDE TRES PILARES: El primero Aduanas – Aduanas, el segundo Aduanas – Empresas y el tercero Aduanas – organismos gubernamentales e intergubernamentales. Del segundo pilar  nace el programa OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO.

“¿QUÉ ES UN OPERADOR ECÓNOMICO AUTORIZADO?” Un Operador Económico Autorizado (OEA),  es una compañía de confianza quien puede acceder a varios beneficios por estar comprometida con la seguridad en su cadena logística. La certificación de OEA es otorgada por la Administración Aduanera de cada país, para el caso de Colombia es otorgada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

  • Asignación de un oficial de operaciones de cada autoridad de control.
  • Disminución en la gestión de tramites.
  • Reducción de controles.
  • Eficiencia, menores tiempos.
  • Mayor rapidez y confiabilidad.
  • Beneficios tributarios.
  • Convertirse en un proveedor confiable y seguro en la cadena de suministro.

Para ver los beneficios completos para importadores, exportadores y agentes de aduana puedes ingresar al siguiente link de la DIAN:  https://www.dian.gov.co/aduanas/oea/inicio/Paginas/beneficiosOEA.aspx

¿Quién puede ser un OEA?

OEA puede ser cualquier compañía que hace parte de la Cadena Logística. Para el caso de Colombia, actualmente se encuentran aprobados los programas para exportadores,  importadores y agentes de aduana.

¿Cómo aplicar a la calificación OEA?

Es Importante que conozcas la normatividad aplicable de acuerdo al país que ha adoptado el programa Operador Económico Autorizado. Para el caso de Colombia, la normatividad ha sido establecida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN.

En el siguiente enlace de la página web de la DIAN, puedes encontrar la normatividad que aplica si quieres ser OEA importador y/o exportador y la normatividad para OEA Agentes de Aduana: https://www.dian.gov.co/aduanas/oea/inicio/Paginas/marconormativo.aspx “PARA APLICAR A LA CALIFICACIÓN OEA DEBES TENER EN CUENTA DOS PASOS IMPORTANTES:”

Primero: Asegúrate que  la compañía cumple como mínimo con los siguientes requisitos:

  • Estar domiciliados y acreditar la existencia y representación legal en el país.
  • En el caso de personas jurídicas o sucursales de sociedades extranjeras, estar debidamente establecidas en Colombia, mínimo tres (3) años antes de presentar la solicitud.
  • Estar inscrito y encontrarse activo en el Registro Único Tributario con el tipo de usuario aduanero y la actividad sobre la cual solicita su autorización como Operador Económico Autorizado.
  • Tener una trayectoria efectiva en el desarrollo de la actividad para la cual solicita la autorización, de tres (3) años como mínimo, inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud, en los términos previstos en la definición del artículo 2 del Decreto 3568 del 2011.
  • Contar con las autorizaciones, registros, conceptos, habilitaciones, declaratorias, licencias, permisos, cualquiera que sea su denominación, exigidos por las autoridades de control de acuerdo con la normatividad vigente para ejercer su actividad, cuando a ello hubiere lugar.
  • Obtener una calificación favorable por parte de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), de conformidad con las verificaciones realizadas en desarrollo de la aplicación del Sistema de Administración de Riesgos de que trata el artículo 475-1 del Decreto número 2685 de 1999 o de las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.
  • Encontrarse al día o tener acuerdos de pago vigentes y al día, sobre las obligaciones tributarias, aduaneras y sanciones cambiarias y demás deudas legalmente exigibles a favor de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
  • Que el interesado, sus socios, accionistas, miembros de juntas directivas, representantes legales, contadores, revisores fiscales, representantes aduaneros y los controlantes directos e indirectos no tengan antecedentes penales por conductas punibles contra el patrimonio económico, contra la fe pública, contra el orden económico y social y contra la seguridad pública lo cual se evidenciará luego de consultadas las bases de datos establecidas y proporcionadas por organismos o entidades nacionales e internacionales en la lucha contra el terrorismo, narcotráfico, lavado de activos, contrabando y demás delitos conexos, con el fin de garantizar la seguridad de la cadena de suministro internacional.
  • Que el interesado, sus socios, accionistas, miembros de juntas directivas, representantes legales, contadores, revisores fiscales, representantes aduaneros y los controlantes directos e indirectos; No haber sido objeto de incidentes de seguridad en la cadena de suministro internacional por hechos de contrabando, tráfico de divisas, drogas, armas, personas, material radiactivo, entre otros, dentro de los cinco (5) años anteriores a la presentación de la solicitud, salvo que como consecuencia de la investigación respectiva, se demuestre la ausencia de responsabilidad.
  • Que los socios, accionistas, miembros de juntas directivas, representantes legales, contadores, revisores fiscales, representantes aduaneros y los controlantes directos e indirectos del solicitante, durante los cinco (5) años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud, no hayan representado a empresas que hayan sido objeto de cancelación de las calidades de autorización, habilitación o registro otorgadas por parte de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
  • No haber sido sancionado con cancelación de autorización, habilitación y demás calidades otorgadas por parte de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), durante los cinco (5) años anteriores a la presentación de la solicitud.
  • Demostrar solvencia financiera durante los tres (3) últimos años de operaciones. Una vez obtenida la autorización como Operador Económico Autorizado, se deberá acreditar la solvencia financiera en el momento de la revalidación de que trata el Decreto 3568 del 2011.

Si tienes dudas sobre estos requisitos puedes consultarnos en: [email protected]  / Cel: 318 6275914

Segundo: Debes implementar los módulos de seguridad que se indican en el referente normativo de acuerdo al programa OEA al que quieras aplicar, los requisitos de cada módulo varian dependiendo el programa, a continuación te describimos los módulos en general:

A CONTINUACIÓN TE INMDICAMOS UN RESUMEN DEL NÚMERO TOTAL DE REQUISITOS POR MÓDULO DE ACUERDO AL PROGRAMA OEA:” “¿CÓMO APLICAR LA CALIFICACIÓN OEA?”

Una vez hayas revisado que la compañía cumpla con las condiciones mínimas para aplicar a la calificación OEA y hayas implementado los requisitos de seguridad, debes diligenciar los formatos de autoevaluación de acuerdo al programa que vayas aplicar. 

En el siguiente enlace encuentras dichos formatos:
https://www.dian.gov.co/aduanas/oea/inicio/Paginas/autoevaluaci%C3%B3n.aspx

Para radicar la solicitud OEA ante la DIAN, debes preparar los documentos que se indican en el siguiente enlace:
https://www.dian.gov.co/aduanas/oea/inicio/Paginas/solicitudautorizacion.aspx

A continuación te ayudamos con un check list en el que se indican los documentos que debes anexar a la solicitud, lo cual te permitirá validar que la información vaya completa:

Una vez hayas radicado la solicitud OEA, las autoridades de control: DIANPolicía Antinarcóticos y si aplica el ICA y el INVIMA, se tardarán 30 días hábiles en hacer la revisión de las condiciones mínimas, posteriormente una vez se tenga esto aprobado se comunicarán con el líder OEA de la compañía solicitante para programar una visita de validación para verificar el cumplimiento de los módulos de seguridad implementados.

Open chat
¿Necesitas ayuda?